Descubre qué es la Seguridad vial, qué delitos contra la Seguridad vial recoge el Código Penal y cuáles son las condenas por cometer los mismos.
Aunque en los últimos años, la
mortalidad en carretera ha disminuido por encima del 30%, el número de
accidentes de tráfico no ha dejado de aumentar. Y es que, no sólo se ha
incrementado la cantidad de vehículos sino también las medidas de protección y
conciencia social acerca de este tema para reducir el impacto de
los mismos.
La Seguridad Vial es una
situación idílica donde exista riesgo cero en las carreteras y para la
consecución de la cual, Administraciones públicas, organizaciones privadas y la
responsabilidad individual juegan un papel fundamental.
Sin embargo, la mayoría de
delitos en España son producidos por imprudencias al volante como el consumo de
alcohol o el exceso de velocidad, por lo que las condenas por cometer los
mismos pueden superar los cuatro años de cárcel.
¿Cuáles son los delitos contra la seguridad vial y sus condenas?
La legislación española recoge varios delitos contra la
Seguridad vial:
Exceso de velocidad
Todos aquellos que superen los 60 km/h en vías urbanas y los
80 km/h en vías interurbanas a los permitidos reglamentariamente serán condenados
con penas de prisión de 3 a 6 meses o multas de 6 a 12 meses.
Conducir bajo los efectos de las drogas o alcohol
Todos aquellos que conduzcan bajo los efectos de sustancias
psicotrópicas, estupefacientes o bebidas alcohólicas, superando los 0,60 miligramos
en aire espirado o los 1, 2 gramos por litro en sangre, serán condenamos con
penas de prisión de 3 a 6 meses o multas de 6 a 12 meses.
Conducir con temeridad manifiesta
Todos aquellos que conduzcan poniendo en peligro la integridad
o vida de otras personas serán condenados con penas de prisión de 6 meses a 2
años.
Conducir atentando contra la vida de otros
Todos aquellos que atenten contra la vida de otros
individuos al volante y se demuestre que ésta hubiera estado en peligro serán
condenados con penas de prisión de 2 a 5 años o multas de 12 a 24 meses, además
de ser privados del permiso de conducir de 6 a 10 años.
Sin embargo, esta condena se reduciría si la vida de otras
personas no se hubiera visto en peligro, a pesar de que la conducción haya sido
temeraria, pudiendo variar del año a los 2 años de cárcel y multas de 6 a 12
meses, además de la privación del derecho a conducir.
Abandonar el lugar del accidente
Socorrer a otros individuos en caso de accidente es una
obligación para todos, por lo que abandonar el lugar de un siniestro puede ser
condenado con penas de prisión de hasta 4 años. Sin embargo, la gravedad de la condena dependerá de si el abandono se ha realizado después de una acción imprudente o
después de un hecho fortuito, siendo el primero de ellos condenado con penas de
prisión de 6 meses a 4 años y en el segundo caso, de 3 a 6 meses, además de la
privación del permiso de conducir en ambos casos.
Negarse a realizar las pruebas de alcoholemia
Todos aquellos que desobedezcan a los agentes del orden
negándose a someterse a las pruebas de drogas o alcohol serán condenamos con
penas de prisión de 6 meses a un año, además de la privación del derecho a
conducir de 1 a 4 años.
Conducir sin el permiso correspondiente
Este delito incluiría tanto a las personas que nunca han
obtenido el carnet de conducir, como las que han sido privadas de forma
cautelar del mismo y a aquellos cuya vigencia ha expirado por pérdida total de
puntos. Todos aquellos que hayan hecho uso de un vehículo y se encuentren en
alguno de estos tres supuestos serán condenamos con penas de prisión de 3 a 6 meses o multas de 12 a 24 meses.
Colocar obstáculos o derramar sustancias en las carreteras
Todos aquellos que derramen sustancias deslizantes en la
carretera o no se encarguen de reestablecer el orden en las mismas en caso de
ser causantes de obstrucción serán condenados con penas de prisión de 6 meses a
2 años o multas de 12 a 24 meses.
¿Dónde se encuentran regulados los delitos contra la seguridad vial en el Código Penal?
Para poder comprender mejor cuáles son los delitos contra la Seguridad
Vial y qué implica cada uno de ellos, será necesario acudir al Capítulo IV, Título XVII del Libro II del Código Penal, concretamente
los artículos recogidos desde el 379 al 385.