Se castiga a los promotores, constructores o técnicos directores, como puedan ser los arquitectos o ingenieros, que lleven a cabo una construcción o edificación no autorizada

El tipo penal básico de los delitos urbanísticos está contemplado en el artículo 319 del Código Penal, y se refiere a conductas que vulneran la normativa sobre la ordenación del territorio y la protección del medio ambiente.
Conductas sancionadas por el artículo 319 del Código Penal
En este artículo se sanciona a:
- Promotores, constructores o técnicos directores (como arquitectos o ingenieros) que realicen construcciones o edificaciones no autorizadas en:
- Suelos destinados a viales, zonas verdes o bienes de dominio público.
- Lugares con valor paisajístico, ecológico, artístico, histórico o cultural, reconocidos legal o administrativamente.
- Terrenos de especial protección por cualquiera de los motivos mencionados.
- Suelo no urbanizable.
Este precepto busca proteger el interés público frente a actuaciones que puedan suponer daños irreparables en áreas sensibles o estratégicas.
Fundamento y contexto de los delitos urbanísticos
El Título XVI del Libro II del Código Penal, bajo el nombre "De los delitos relativos a la ordenación del territorio y la protección del patrimonio histórico y del medio ambiente", refleja la importancia de este ámbito en un Estado de Derecho moderno. Estas leyes responden a la necesidad de regular la utilización del territorio y evitar que las decisiones individuales prevalezcan sobre los intereses colectivos.
La regulación en este ámbito busca garantizar:
- La preservación del medio ambiente y del patrimonio cultural.
- La protección de espacios destinados al uso público y comunitario.
- Un desarrollo urbanístico sostenible y equilibrado.
Nuestra especialización en delitos urbanísticos en Zaragoza
En nuestro Despacho en Zaragoza, entendemos que el respeto por las normas urbanísticas es fundamental para garantizar la convivencia y el interés general. Por ello, hemos desarrollado una sólida especialización en derecho urbanístico, adaptándonos a las complejidades de este campo y a las demandas actuales.
Nuestro compromiso se centra en:
- Ofrecer asesoramiento integral a personas y empresas involucradas en procesos relacionados con delitos urbanísticos.
- Defender los intereses de nuestros clientes respetando siempre las normas y los principios que rigen la ordenación del territorio.
- Aportar soluciones jurídicas eficaces, siempre alineadas con el respeto al medio ambiente y al patrimonio colectivo.
El artículo 319 del Código Penal no solo prohíbe conductas individuales que vulneran la normativa urbanística, sino que constituye una herramienta clave para proteger el interés público frente a posibles abusos. Actuar contra estas infracciones significa defender el medio ambiente, el patrimonio histórico y cultural, y los valores colectivos que forman la base de nuestra sociedad.
Si necesita más información o asistencia especializada en este ámbito, no dude en ponerse en contacto con nuestro Despacho en Zaragoza. Estamos aquí para ayudarle a comprender sus derechos y las implicaciones legales en cualquier situación relacionada con delitos urbanísticos.